FIJO QUE ES INDEFINIDO

FIJO QUE ES INDEFINIDO

Este despacho está detectando un envío masivo por parte de INSPECCIÓN DE TRABAJO consistente en una campaña para transformar contratos temporales y fijos discontinuos en contratos indefinidos ordinarios.

La finalidad de esta campaña es verificar que este tipo de contratos no se están utilizando para cubrir necesidades estables para la empresa, ya que el contrato indefinido debe ser la modalidad ordinaria de nuestro mercado laboral.

El contrato fijo discontinuo actual se utiliza para cubrir una necesidad de trabajo estacional que tenga carácter intermitente o cíclico y se repita en el tiempo, en fechas ciertas o inciertas así como en empresas que actúan como contratas bajo un contrato mercantil o autorización administrativa.

Si su empresa ha recibido una carta o comunicación de la INSPECCIÓN DE TRABAJO tiene varias opciones para “atenderla con garantías” aunque conviene conocer ciertos detalles importantes:

A.- No es una notificación que deba contestar sino una simple comunicación.

B.- Se informa a la empresa que los contratos indicados que no transformen en un mes serán objeto de actuación inspectora.

C.- Se advierte que la transgresión de la normativa sobre modalidades contractuales se considera infracción grave.

 

La ITSS entiende fraudulento mantener de alta a personas trabajadoras que han sido contratadas como fijas discontinuas alcanzando un período de alta superior a dos años en la empresa en los últimos cuatro y con una vinculación superior al 87,5% durante el tiempo transcurrido desde la primera contratación realizada, lo que equivale a 10 meses y medio en un período de 12 meses.

 

¿QUÉ HAGO CON ESTA CARTA?

A.- NADA.

No es una notificación que debamos contestar.

Si la contratación responde a una situación real ajustada a la normativa vigente hay que recopilar información y documentos que lo acrediten para poder justificar las contrataciones realizadas y que lo indicado por la ITSS en su comunicación no supone contratación fraudulenta.

B.- HACER CASO A INSPECCIÓN.

Si no se puede justificar legal y debidamente la contratación y ésta responde realmente a evitar la contratación indefinida se debe transformar los contratos temporales y fijos discontinuo indicados en contratos indefinidos ordinarios.

 

Estos trámites nos permitirán “estar tranquilos” con relación a la comunicación recibida si entendemos que estamos cumpliendo la normativa vigente, que los indicios que sugiere la ITSS no responden a la realidad y que hay capacidad de justificar las contrataciones realizadas ante posibles futuras Inspecciones de Trabajo. Por lo que es importante hacer una valoración de la necesidad de mano de obra previa a la contratación recopilando aquella documentación que justifique debidamente el tipo de contratación realizada; y guardarla para poder enseñarla en un futuro.

 

Si precisa aclarar algún tipo de duda en caso de encontrarse en este tipo de situaciones se pueden poner en contacto con el departamento laboral de este despacho donde analizaremos su caso particular y le daremos la mejor opción que se ajuste a sus necesidades de contratación.

 

Fuente: Javier Gómez de supercontable.com y elaboración propia.

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