Author: Jacobo

Mucho se está hablando en estos días de la prestación por maternidad de las trabajadoras españolas y su consideración como renta del trabajo cuando se realiza la correspondiente declaración de renta. Una sentencia del TSJ de Madrid ha declarado que la prestación por maternidad que...

Son muchos los trabajadores que se quejan de que el IRPF de su nómina es alto y piden que se lo bajen. En otras ocasiones pactan salarios a netos siendo la empresa quien asume toda la carga fiscal del rendimiento del trabajo. Desde nuestro despacho nos...

MISMA INDEMNIZACIÓN PARA CONTRATOS TEMPORALES E INDEFINIDOS Hace unos días la UE nos ilustraba con una sentencia de su Tribunal de Justicia donde, en aras de la promoción de la igualdad de trato, equiparaba las diferentes indemnizaciones por despido entre los contratos temporales y los indefinidos...

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social avanza en la reducción de cargas administrativas para las empresas en las visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, mediante una Orden publicada hoy (12-09-2016) en el BOE...

88_secDurante los últimos meses se ha detectado, y se ve a pie de calle, que son muchos los establecimientos que están instalando cámaras de video vigilancia en sus dependencias para garantizar la seguridad de sus clientes y para llevar un mejor control de la actividad que ocurre dentro de ellos. Estas prácticas se encuentran sometidas a la LOPD y la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras. Pero este tipo de instalaciones no afecta igual a un cliente que a un trabajador, ya que un cliente puede decidir acudir a una instalación video vigilada y un trabajador no. Esta circunstancia ha estado generando cierta controversia en empresas que optan por instalar este sistema para garantizar la seguridad de sus clientes, asegurarse de lo que ocurre dentro de sus instalaciones para una posible defensa posterior y de paso controlar la actividad laboral y la correcta realización de los deberes de sus trabajadores.

impuestosEn lo que llevamos de campaña de Renta/2015 muchas han sido las dudas y aclaraciones fiscales que desde este despacho hemos tenido y estamos realizando  y que no solo afectan a la empresa o al empresario, sino a éste como contribuyente persona física y en gran incidencia a sus trabajadores. Lamentablemente son muchas las empresas que todavía siguen mostrando dificultades para mantenerse en el mercado con una actividad normal que recurren a la medida del despido para ajustar sus plantillas a la fluctuante demanda actual de productos y servicios procediendo a extinguir contratos de trabajo e indemnizando al trabajador por la pérdida de su empleo. Son éstas indemnizaciones por despido las que están generando gran cantidad de consultas a este despacho sobre su fiscalidad o sobre el hecho de declararlas o no aún estando parte de ellas exentas de tributación.

Desde hace algunos años estamos tratando con el documento que se conoce como “Registro de Horas”, por lo que empresas y trabajadores ya estamos muy habituados a éste. Nació regulado en el RDLey 16/2013 que establece la obligatoriedad de efectuar un registro de la jornada...

 

En un despido objetivo por causas económicas a la empresa le basta con probar la causa alegada y no su relación con el trabajador cesado.

impuestosEn los despidos objetivos -al amparo del artículo 52. c) del Estatuto de los Trabajadores (ET)- el empresario no tiene que precisar en la carta de despido el motivo por el que cesa al trabajador, incluso cuando no se pueda relacionar el puesto suprimido con la causa invocada. Así lo determina el Tribunal Supremo (TS) en una sentencia del 14 de noviembre de 2015. En el supuesto enjuiciado, se examina el recurso de casación interpuesto por un trabajador contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Asturias que declaraba procedente su despido. La empresa, en su comunicación al trabajador, tan sólo alegaba "causas económicas" de forma general.

icon-img33La campaña de la renta 2015 dará se iniciará este año el próximo 6 de abril, en que se podrá empezar a entregar la declaración de forma telemática. La campaña presencial, la que se presenta en papel, comenzará el 10 de mayo y se podrá pedir cita previa desde el 4 de mayo. El plazo se prolongará hasta el día 25 de junio para la domiciliación bancaria, finalizando el plazo el día 30 de junio para todos.

Una novedad importante este año es la declaración de la Renta a través de un nuevo sistema online que permite al contribuyente completar sus datos fiscales y guardarlos directamente en el servidor de la Agencia Tributaria, de forma que podrá retomarlos cuando desee. El sistema sugerirá el borrador para cada contribuyente, que podrá realizar la declaración de la Renta desde cualquier dispositivo –PC, teléfono móvil o tablet–.

Muchas son las empresas que tienen plantillas con una gran y dilatada experiencia en el sector donde operan, que cuentan con trabajadores fieles en los que la confianza depositada en ellos traspasa los límites de la relación laboral debido a los años que llevan conviviendo...